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"El etiquetado de los alimentos tiene por objeto señalar las características del producto, a fin de no confundir a la persona que compra el alimento. Es una garantía de seguridad. Su presencia es obligatoria y debe decir la verdad."

La información debe figurar en el envase, de forma fácilmente comprensible, en un lugar destacado y de manera que no pueda borrarse ni manipularse.

En la etiqueta tiene siempre que aparecer el nombre del producto y el nombre y domicilio del fabricante, envasador o vendedor. En la mayoría de los casos también debe aparecer la lista de ingredientes, la cantidad neta, la fecha de consumo preferente o la de caducidad y el lote de fabricación.

La lista de ingredientes debe mostrar a éstos por orden de importancia, es decir, del que esté compuesto el alimento en mayor medida irá primero y así sucesivamente.




Se establecen normas que regulan el uso de las definiciones, símbolos y reglas de escritura de las unidades del “sistema de unidades de medida” que deben utilizarse para poner los datos de contenido, contenido neto y masa escurrida.

Existen límites de tolerancia de contenido neto, por ejemplo un producto preenvasado como duraznos en almíbar con un contenido neto declarado de 350 g, tiene una tolerancia de 3.7 % por debajo de la cantidad declarada.

Entre las definiciones que se mencionan encontramos las definiciones relativas a: tipo de alimento, aditivo alimentario (permitidos por la Secretaría de Salud), azúcar (azúcar refinada, jarabes de maíz, de malta, fructosa y de almidón, entre otros), coadyuvantes de elaboración, contenido o cantidad de producto

Los aditivos son sustancias que se añaden a los alimentos para que mantengan sus cualidades y recuperen algunas que se han perdido durante su transformación. Pueden ser sintéticos o naturales, y sólo se autorizan en cantidades controladas y para determinados productos. Tienen suma importancia en la alimentación actual, ya que buena parte de los productos que consumimos no podrían existir sin su empleo.

En la etiqueta también puede aparecer una declaración de propiedades que indique cualidades especiales del alimento originadas en su naturaleza, elaboración o composición. Por ejemplo “bajo contenido en sodio”, “bajo en grasa”, “bajo en colesterol”, se consideran declaraciones de propiedades.

La declaración de propiedades nutricionales se refiere no solo a su contenido energético y de proteínas, grasas (lípidos) e hidratos de carbono, sino además a su contenido de vitaminas y minerales. En general, se trata de una información opcional, ya que solo están obligados a darla aquellos fabricantes que atribuyan al producto en su etiquetado, propiedades nutritivas. En los demás casos, por tanto, no es necesario que la marca incluya este etiquetado en sus productos, algo que, sin embargo, están haciendo ya muchos fabricantes. Y es de agradecer. No hay que olvidar que todo lo que contribuya a que el consumidor esté más informado al hacer sus compras y pueda, por tanto, elegir mejor, es bueno y máxime cuando estamos hablando de productos de primera necesidad como son los alimenticios.

El envase también debe incluir la fecha de caducidad, es decir la fecha límite en que se considera que las características sanitarias y de calidad que debe reunir para su consumo un producto preenvasado, almacenado en las condiciones sugeridas por el fabricante, se reducen o eliminan de tal manera que después de esta fecha no debe comercializarse ni consumirse. Es la fecha en que un alimento o bebida no alcohólica debe dejar de consumirse a fin de evitar riesgos a la salud, tales como intoxicaciones o problemas estomacales, debido a que el producto puede estar descompuesto.

Esta fecha de consumo preferente tiene que figurar de la siguiente forma: “consumir preferentemente antes del ...” cuando se ponga un día concreto (ej: 03/05/02), “consumir preferentemente antes del fin de...” cuando se cite mes y/o año (ej: MAY/03). Si el producto fuera muy perecedero, debe aparecer la fecha de caducidad y no la de consumo preferente. Si estas fechas figuraran en un sitio distinto al etiquetado, como la tapa o el fondo del envase, debe indicarse su ubicación.

Recomendaciones:


  • Exija información, seguridad e higiene en los alimentos y envasados.
  • Compre productos etiquetados: la etiqueta es una garantía de seguridad.
  • No adquiera productos que hayan rebasado su fecha de caducidad o de consumo preferente.
  • Compre aquellos alimentos en los que le garanticen identificación y control desde su origen.
  • Al comprar productos congelados asegúrese de que no se ha roto la cadena de frío.
  • No se deje llevar por las alegaciones terapéuticas, preventivas o curativas de algunas marcas. Sólo son reclamos publicitarios.
  • Compre en establecimientos que le garanticen una correcta manipulación de los alimentos en preparación y conservación.