Aqui tienes un adelanto
de lo que desarrollaremos en este sitio
SALUD:
Es un proceso dinámico con el logro del más alto nivel de bienestar físico, mental, social y la capacidad de funcionamiento que permitan los factores socio-ambientales en los que vive inmerso el individuo y la comunidad.

ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR ALIMENTOS (E.T.A.)
Cualquier sindrome originado por la ingesta de productos alimenticios que contengan agentes etiológicos en cantidades tales que afecten la salud del consumidor en forma aguda o crónica, a nivel individual o de grupos de personas.

ALIMENTO:
Toda substancia o mezcla de substancias naturales o elaboradas que, ingeridas por el hombre, aporten a su organismo los materiales y la energía necesarios para el desarrollo de sus procesos biológicos.
La designación de alimento incluye, además, las substancias o mezclas de substancias que se ingieren por hábito, costumbres o como coadyuvantes, tengan o no valor nutritivo.

ALIMENTOS SEGUROS:
Son alimentos genuinos, sanos y nutritivos que cumplen con los siguientes requisitos:
Elaborados mediante tecnologías adecuadas y en ambientes higiénicos.
Manipulados por personal capacitado y que goza de buena salud.
Controlados en su calidad, desde la materia prima hasta el producto final.

ALIMENTO GENUINO O NORMAL:
Se entiende por tal el que, respondiendo a las especificaciones reglamentarias vigentes, no contenga substancias no autorizadas ni agregados que configuren una adulteración y se expenda bajo la denominación y rotulados legales, sin indicaciones, signos o dibujos que puedan engañar respecto a su origen, naturaleza y calidad.

ALIMENTO ALTERADO:
El que por causas naturales de índole física, química y/o biológica o derivadas de los tratamientos tecnológicos inadecuados o deficientes, aisladas o combinadas, ha sufrido deterioro en sus características organolépticas, en su composición intrínseca y/o en su valor nutritivo.

ALIMENTO CONTAMINADO:
a) El que contenga agentes vivos (virus, microorganismos o parásitos riesgosos para la salud), químicos, minerales u orgánicos, extraños a su composición normal, sean o no repulsivos o tóxicos.
b) El que contenga componentes naturales tóxicos en concentración mayor a las permitidas por exigencias reglamentarias.

ALIMENTO ADULTERADO:
El que ha sido privado, en forma parcial o total, de sus elementos útiles característicos, reemplazándolos o no por otros inertes o extraños, que ha sido adicionadao de aditivos no autorizados o sometido a tratamientos de cualquier naturaleza para disimular u ocultar alteraciones, deficiente calidad de materias primas o defectos de elaboración.

ALIMENTO FALSIFICADO:
El que tenga la apariencia y caracteres generales de un producto legítimo, protegido o no por marca registrada, y se denomine como éste sin serlo o que no proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada.